

El Depósito Aduanero es un sistema económico en el cual las mercancías de importación se almacenan bajo el control de la aduana en un lugar designado a ese efecto sin el pago de los derechos e impuestos de importación.
Desde el Deposito Aduanero, depende del destino final de la mercancía y las necesidades comerciales de importador, éste podrá realizar:
Por su parte, el Almacén de Depósito Temporal (ADT), posibilita almacenar mercancía no despachada que está a la espera de otorgarle un destino aduanero, con los plazos que están establecidos en el art.49 del Reglamento 2913/92.
Los plazos son los siguientes: si la mercancía llega vía marítima tendrá 45 días y el resto de mercancías contarán con 20 días. Antes de llegar a este plazo, se debe dar destino aduanero a las mercancías, si no es así, se tiene que pedir prorroga o destrucción de la mercancía. Las mercancías del Almacén de Depósito Temporal solo pueden llegar a través de tránsito, y no estará sujeta a IVA hasta el abandono del mismo.
Los Almacenes de Depósitos Temporal son como una aduana pública gestionada por un operador logístico autorizado, permitiendo aumentar la eficiencia de los procedimientos de despacho y logísticos. La mercancía que se recibe en el Almacén de Depósito Temporal para la importación puede salir:
Antes de transcurrir este plazo, el importador ha de asignar un destino aduanero a la mercancía. Si el importador no conoce cuál va a ser el destino final de la mercancía, dependiendo de sus necesidades comerciales, podrá introducir la mercancía en un Depósito Aduanero (DA) donde no existe un plazo máximo de permanencia.